OEFA aprueba nueva metodología para el cálculo de multas ambientales
De acuerdo con la entidad, con esta actualización normativa deja centrarse exclusivamente en el daño ambiental ya producido y prioriza la adecuación oportuna de la conducta frente a medidas disuasivas previas.
A noviembre del 2025, el OEFA impuso multas por 411.506 UIT. Foto: El Peruano.
A través de la Resolución del Consejo Directivo N.° 00005-2026-OEFA/CD, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) aprobó la nueva Metodología para el cálculo de multas y la aplicación de los factores de graduación de multas. Esta norma introduce un cambio de enfoque: deja de centrarse exclusivamente en el daño ambiental ya producido y prioriza la adecuación oportuna de la conducta frente a medidas disuasivas previas.
Con ello, el OEFA impulsa una estrategia integral de fiscalización ambiental basada en la prevención. La metodología establece una intervención progresiva: primero, acciones de orientación y prevención; luego, medidas de control para corregir conductas; y, finalmente, la imposición de sanciones cuando el administrado no cumple con adecuarse. Así, la multa se configura como el último recurso dentro de un sistema orientado a promover el cumplimiento y evitar la comisión de infracciones.
Asimismo, la nueva metodología mejora la precisión en el cálculo de las multas al incorporar criterios más claros y objetivos. Si bien considera la existencia y magnitud de los impactos ambientales, el enfoque principal se orienta a la disuasión efectiva de conductas infractoras.
Es importante mencionar que al cierre de noviembre del 2025, el OEFA reportó 24.279 infracciones (42,1% en el sector hidrocarburos y 15,7% en el sector minero).
En tanto, a nivel de multas impuestas por el OEFA, éstas alcanzaron las 411.506 UIT, con una concentración del 51,3% en el sector minero y del 32,4% en el sector hidrocarburífero.
Además, se incorpora un tratamiento específico para entidades públicas que prestan servicios esenciales a la ciudadanía, considerando aquellos casos en los que no es posible suspender la prestación. Este enfoque busca evitar que los efectos de la sanción recaigan en la población usuaria, garantizando la continuidad de los servicios sin afectar el carácter disuasivo de las multas.
Con esta medida, el OEFA consolida un esquema de fiscalización ambiental más predecible, proporcional y orientado al cumplimiento, en el que las sanciones se aplican de manera gradual y debidamente sustentada.