Economía

Distribuidoras eléctricas alertan al Minem sobre riesgos en el nuevo reglamento de contratación

En una carta enviada al ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, empresas distribuidoras cuestionan cinco aspectos del proyecto de Reglamento de Contrataciones de Electricidad para Usuarios Regulados. Sostienen que la propuesta podría afectar la continuidad del suministro, elevar los costos de contratación y trasladar riesgos operativos y financieros a las distribuidoras. Solicitan una revisión técnica con información real de la demanda.

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La contratación de electricidad para usuarios regulados es objeto de observaciones de las empresas distribuidoras al proyecto de reglamento de la Ley N.° 32249. Elaboración: Índice.pe

Las empresas distribuidoras de electricidad solicitaron al Ministerio de Energía y Minas (Minem) revisar el proyecto de Reglamento de Contrataciones de Electricidad para el Suministro de los Usuarios Regulados antes de su aprobación. En una carta dirigida al ministro Guillermo Shinno Huamani, fechada el 15 de octubre, advirtieron que la propuesta, en su versión actual, presenta omisiones que podrían afectar la cobertura del suministro, los costos de contratación y la distribución de riesgos entre los participantes del mercado eléctrico.

El documento cuestiona cinco aspectos del proyecto elaborado por la Dirección General de Electricidad: la cobertura continua del suministro, los posibles mayores costos de la electricidad, la asignación de riesgos a las distribuidoras, las señales de inversión en sistemas aislados y la seguridad jurídica de las reglas propuestas.

Las empresas señalan que comparten el objetivo de reglamentar la Ley N.° 32249 para garantizar un abastecimiento seguro, confiable, oportuno y eficiente. Sin embargo, consideran que la propuesta debe ajustarse antes de convertirse en norma.

La carta fue remitida después de las reuniones que representantes de las empresas sostuvieron con el viceministro de Electricidad y el equipo de la Dirección General de Electricidad el 6 de octubre. Según el documento, en ese encuentro se indicó que el proyecto había sido elaborado dentro de los límites establecidos por la ley, posición con la que los firmantes expresaron su discrepancia.

Cinco observaciones al proyecto de reglamento

1. Cobertura del suministro durante las 24 horas

El primer cuestionamiento se refiere a la posibilidad de que las licitaciones concluyan sin cubrir la demanda durante todas las horas del día.

Las empresas sostienen que el modelo vigente desde 1993, conforme a la Ley de Concesiones Eléctricas, obliga a las distribuidoras a tener contratada toda su demanda para los siguientes 24 meses. Según su interpretación, el proyecto permitiría adjudicar bloques horarios sin garantizar una cobertura completa del mercado regulado.

La carta también advierte que el esquema podría limitar la capacidad de responder a incrementos imprevistos de la demanda mediante contratos bilaterales. Como ejemplo, menciona las variaciones de consumo asociadas al Fenómeno El Niño.

2. Posible encarecimiento de la electricidad

El segundo punto está relacionado con el costo del suministro. Las empresas argumentan que, si parte de la demanda queda sin cobertura contractual, tendría que recurrirse al mercado de corto plazo.

En ese escenario, sostienen que los usuarios podrían quedar expuestos a precios más altos precisamente durante periodos de escasez. También advierten que licitar bloques horarios de manera aislada, sin asegurar la cobertura del día completo, podría reducir la competencia por el mercado.

3. Asignación de riesgos a las distribuidoras

El tercer cuestionamiento apunta a las responsabilidades que asumirían las empresas distribuidoras bajo el nuevo esquema.

Según la carta, el proyecto las obliga a elaborar un programa de licitaciones vinculante para toda su demanda regulada, incluso para aquella correspondiente a usuarios que podrían migrar al mercado libre. Además, los firmantes advierten que el reglamento dejaría abierta la posibilidad de que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) asigne a las distribuidoras riesgos que, a su juicio, no estarían en condiciones de gestionar, como las cantidades mínimas facturables.

Las empresas consideran que una regulación eficiente debe asignar cada riesgo al agente que tenga capacidad para administrarlo y establecer reglas de precios en aquellos ámbitos donde no exista competencia.

4. Señales de inversión para los sistemas aislados

La cuarta observación se refiere a los sistemas eléctricos aislados, donde, según los firmantes, la oferta disponible es limitada.

La carta cuestiona que el proyecto busque promover nueva generación mediante licitaciones y, al mismo tiempo, establezca disposiciones que, en su opinión, no guardan coherencia con otra propuesta del propio Minem.

En particular, menciona el proyecto de reglamento de servicios complementarios y las modificaciones regulatorias publicadas mediante la Resolución Ministerial N.° 391-2026-MINEM/DM, que, según el documento, busca promover nueva generación en esos sistemas a través de contratos bilaterales.

La preocupación de las empresas es que las señales regulatorias no resulten contradictorias para las inversiones que se necesitan en zonas donde el abastecimiento eléctrico presenta condiciones particulares.

5. Seguridad jurídica y competencias del regulador

El quinto cuestionamiento está vinculado con las facultades que el proyecto asigna a Osinergmin y con los mecanismos previstos para modificar las reglas de contratación.

Las distribuidoras sostienen que algunas disposiciones permitirían al regulador establecer obligaciones que no habrían sido conferidas expresamente por la Ley N.° 32249. Como ejemplo, mencionan la información que cada empresa debe incorporar en su programa de licitaciones.

También objetan que los límites de contratación para las licitaciones de largo, mediano y corto plazo puedan modificarse mediante resolución ministerial, pese a que, según su interpretación, la ley reserva esa materia al reglamento.

Cuestionamientos adicionales por las empresas de FONAFE

La comunicación incorpora una observación adicional sobre disposiciones que, según las empresas, exceden el ámbito de regulación de las licitaciones de suministro.

Los firmantes señalan que determinadas reglas podrían dificultar la generación eléctrica dentro de las concesiones de distribución, un mecanismo que consideran eficiente para cubrir la demanda del mercado regulado.

Advierten que estos cambios podrían tener consecuencias sobre la cobertura del suministro y la sostenibilidad financiera de las empresas bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE). Según la carta, esos efectos no habrían sido considerados en la evaluación del proyecto.

Más de nueve millones de usuarios regulados en discusión

Las distribuidoras sostienen que el alcance de la reforma trasciende a las empresas que deben contratar el suministro eléctrico. En la carta, estiman que las decisiones regulatorias involucradas incidirían sobre más de nueve millones de usuarios regulados y, por extensión, sobre más de 30 millones de peruanos.

Por ello, solicitan que las observaciones y propuestas sean evaluadas e incorporadas en una versión revisada del reglamento antes de su aprobación.

También piden que el Minem verifique cómo se aplicaría el proyecto sobre la demanda real de las empresas firmantes. Para ello, ofrecen poner a disposición la información necesaria para realizar esa evaluación.

La tercera solicitud consiste en convocar una mesa técnica con las distribuidoras para analizar los cuestionamientos planteados.

El reglamento pendiente de la Ley N.° 32249

La controversia se produce en el marco de la reglamentación de la Ley N.° 32249, publicada el 19 de enero de 2025, que modificó disposiciones de la Ley N.° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica.

El Minem publicó en abril de 2025 una primera versión del proyecto de reglamento mediante la Resolución Ministerial N.° 127-2025-MINEM/DM. La propuesta busca establecer las reglas para las contrataciones de electricidad destinadas a los usuarios regulados y reemplazar el reglamento de licitaciones aprobado en 2007.

El proceso regulatorio y sus plazos fueron abordados previamente por este medio, que informó sobre el tiempo transcurrido desde la publicación de la Ley N.° 32249 y los cambios propuestos para los contratos de suministro eléctrico.

En esta nueva comunicación, las empresas sostienen que los comentarios formulados durante la consulta pública no habrían sido evaluados considerando suficientemente sus efectos sobre la operación de las distribuidoras, la cobertura contractual y las tarifas. Según indican, las respuestas recibidas de las anteriores gestiones se sustentaron en argumentos teóricos que, a su juicio, no contrastaron el proyecto con datos reales.

Por ello, solicitan que la revisión incluya una evaluación de la demanda efectiva antes de aprobar una norma que establecerá las condiciones de contratación del suministro eléctrico.

El resultado de esa revisión determinará si el Minem incorpora modificaciones al proyecto o mantiene el diseño cuestionado por las empresas. Hasta la fecha de la carta, los firmantes pedían que la decisión se adopte después de una evaluación técnica y de una reunión específica con las distribuidoras.

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