Economía

Minem propone flexibilizar más las normas ambientales para acelerar inversiones en exploración minera

El proyecto plantea crear una Declaración Jurada Ambiental para proyectos de hasta 10 plataformas y menos de 5 hectáreas, con aprobación automática. Especialistas advierten que se trata de una nueva flexibilización de las exigencias ambientales, en un momento en que la exploración avanza a un ritmo mucho menor que el resto de la inversión minera.

Published on

El Minem propone una nueva Declaración Jurada Ambiental para proyectos de exploración minera de hasta 10 plataformas, con el objetivo de reducir los tiempos de certificación ambiental.

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) ha puesto en consulta pública una nueva modificación al régimen ambiental aplicable a la exploración minera. La propuesta plantea crear la Declaración Jurada Ambiental para Exploración Minera (DJA) como un instrumento de gestión ambiental complementario al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), dirigido a proyectos considerados de impacto ambiental no significativo.

La iniciativa está contenida en el proyecto de decreto supremo publicado mediante la Resolución Ministerial N.° 416-2026-MINEM/DM. La propuesta comprende proyectos de una a 10 plataformas de perforación, siempre que cumplan de manera concurrente las condiciones ambientales y territoriales previstas por la norma.

El cambio permitiría que estos proyectos accedan a una aprobación automática, en lugar de pasar por una evaluación previa de la autoridad ambiental. El titular podría solicitar una constancia de aprobación automática, que la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) emitiría en un plazo de cinco días hábiles.

Para el Minem, el objetivo es simplificar y hacer más predecible la obtención de la certificación ambiental en proyectos de exploración con impactos no significativos. La propuesta mantiene, además, la supervisión y fiscalización posterior a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).

Una nueva flexibilización del régimen de exploración

Especialistas consultados por Índice.pe consideran que la propuesta representa una nueva flexibilización de las exigencias ambientales aplicables a la exploración minera, al introducir un instrumento que se ubicaría por debajo de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y que operaría mediante aprobación automática.

La comparación debe hacerse considerando la evolución reciente de la regulación. El régimen que estuvo vigente hasta julio establecía que los proyectos de exploración de hasta 40 plataformas podían tramitarse mediante una DIA, mientras que los proyectos que superaban ese límite ingresaban al EIA semidetallado.

Sin embargo, el escenario regulatorio cambió en julio de este año. Mediante el Decreto Supremo N.° 014-2026-EM, el Minem elevó de 40 a 60 plataformas el límite para tramitar proyectos mediante una DIA. Los proyectos que superan las 60 plataformas pasan al EIA semidetallado.

Ahora, la nueva propuesta incorpora un nivel adicional: para determinados proyectos de una a 10 plataformas ya no se requeriría una DIA, sino una DJA sujeta a aprobación automática.

De esta manera, la discusión no se limita a la creación de un nuevo trámite. La propuesta se suma a una secuencia reciente de modificaciones que han buscado reducir tiempos y simplificar la evaluación ambiental de la exploración minera.

De 40 a 60 plataformas y ahora una DJA para las más pequeñas

La evolución de los umbrales permite dimensionar el cambio.

RégimenInstrumento
Hasta julio de 2026: hasta 40 plataformasDIA
Desde julio de 2026: hasta 60 plataformasDIA
Nueva propuesta: 1 a 10 plataformas, bajo condiciones específicasDJA con aprobación automática
Por encima de 60 plataformasEIA-sd, según las condiciones aplicables

El punto central señalado por los especialistas consultados por Índice.pe es que la nueva DJA reduce la intervención previa de la autoridad ambiental para un segmento de proyectos que anteriormente se encontraba dentro del universo de la DIA.

La propuesta no significa que desaparezcan las obligaciones ambientales. De acuerdo con la información difundida sobre el proyecto, la DJA debe contener información técnica y medidas de manejo ambiental, además de cumplir restricciones territoriales y ambientales. También se mantiene el componente de participación ciudadana aplicable.

La diferencia está principalmente en el momento en que interviene la autoridad: la propuesta traslada el énfasis desde una evaluación previa hacia la responsabilidad del titular y la fiscalización posterior.

La exploración es precisamente el rubro que menos avanza

La modificación normativa adquiere especial relevancia al contrastarla con el comportamiento reciente de la actividad minera.

Entre enero y julio de 2026, las exportaciones mineras peruanas alcanzaron US$49.584 millones, un crecimiento de 55,4% frente a los US$31.913 millones registrados en el mismo periodo de 2025. Los envíos mineros representaron, además, el 74,6% del valor total de las exportaciones peruanas.

El cobre explicó US$22.843 millones de esos envíos, con un crecimiento de 54,7%, mientras que el oro sumó US$18.487 millones, un avance de 58,5%. Solo en julio, las exportaciones de cobre aumentaron 63,3%, impulsadas por un incremento de 35,9% en su cotización y de 20,1% en el volumen exportado.

El comportamiento también se observa en la inversión minera. Entre enero y julio, la inversión minera acumuló US$4.117 millones, un incremento de 45% respecto del mismo periodo de 2025.

Pero la exploración no avanzó al mismo ritmo. La inversión destinada a este rubro aumentó apenas 2,8%, hasta alcanzar aproximadamente US$412,3 millones. En contraste, la inversión en desarrollo y preparación creció 108,7%, mientras que infraestructura aumentó 70,5%.

Es decir, mientras el valor de las exportaciones mineras registra un crecimiento superior al 50% y la inversión minera total avanza 45%, la exploración presenta una expansión considerablemente menor.

El objetivo: acelerar el eslabón más lento de la inversión minera

Este comportamiento ayuda a explicar el énfasis del Minem en modificar nuevamente las reglas de exploración.

La exploración es la etapa en la que se busca identificar nuevos recursos y determinar si un yacimiento tiene características que permitan eventualmente desarrollar un proyecto minero. El propio Minem ha señalado que esta actividad es relevante para atraer inversión, descubrir nuevos yacimientos y extender la vida útil de las operaciones existentes.

En marzo de 2026, el ministerio presentó una cartera de 69 proyectos de exploración por US$757 millones. Según el sector, 32 nuevos proyectos ingresaron a esa cartera durante el año, con inversiones estimadas en US$287,5 millones.

Sin embargo, la ejecución efectiva muestra una brecha respecto del dinamismo observado en otros componentes de la actividad minera. Por ello, la creación de la DJA puede leerse como parte de una estrategia del Ejecutivo para reducir los tiempos asociados a la etapa exploratoria y facilitar el ingreso de nuevos proyectos.

El propio Minem ha sostenido en anteriores modificaciones regulatorias que la simplificación de los procedimientos busca generar mayor agilidad y predictibilidad para atraer inversiones. En julio, al elevar de 40 a 60 plataformas el límite para la DIA, el ministerio señaló que la medida buscaba dinamizar la cartera de exploración y promover inversión privada.

El punto de discusión: evaluación previa versus fiscalización posterior

La principal discusión que abre la DJA está relacionada con el cambio en el modelo de control.

Con una evaluación ambiental previa, la autoridad revisa antes del inicio de determinadas actividades la información presentada por el titular y formula, de corresponder, observaciones. Con la aprobación automática propuesta para la DJA, la responsabilidad sobre la veracidad y suficiencia de la información adquiere mayor peso para el titular, mientras que la fiscalización ambiental cobra mayor relevancia posteriormente.

La propuesta establece que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) mantiene sus competencias de supervisión y fiscalización.

Por ello, el debate regulatorio no se concentra únicamente en si una exploración de hasta 10 plataformas puede ser considerada de impacto no significativo, sino también en si los mecanismos de fiscalización posterior cuentan con la capacidad suficiente para detectar y corregir oportunamente eventuales incumplimientos.

Desde la perspectiva de los especialistas consultados por Índice.pe, este desplazamiento constituye una reducción de la exigencia de evaluación previa y, por tanto, una flexibilización adicional del régimen ambiental.

El Minem, por su parte, sostiene que la DJA se aplicará únicamente a proyectos que cumplan condiciones específicas y que las obligaciones de protección ambiental, participación y fiscalización no desaparecen.

Consulta pública por 15 días

La propuesta todavía no es una norma vigente. La Resolución Ministerial N.° 416-2026-MINEM/DM dispuso su publicación para recibir opiniones, comentarios y aportes durante 15 días calendario. La Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros será la encargada de recibir, evaluar y sistematizar los aportes antes de continuar con el trámite correspondiente.

El proyecto, por tanto, plantea un nuevo ajuste al régimen ambiental de exploración minera en un contexto particular: los precios internacionales y las exportaciones mineras atraviesan un periodo de fuerte crecimiento, la inversión minera total también aumenta, pero la exploración —el componente que determina la posibilidad de incorporar nuevos recursos al futuro de la actividad— avanza a un ritmo mucho más moderado.

La DJA busca precisamente acelerar ese eslabón. El debate que queda abierto es si esa aceleración debe lograrse reduciendo la evaluación ambiental previa para los proyectos de menor escala o mediante otras medidas que reduzcan los tiempos administrativos sin trasladar una mayor carga de control hacia la fiscalización posterior.

Popular Posts

Salir de la versión móvil