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Economía

Transportistas extorsionados tendrán exoneraciones tributarias y créditos blandos

Se publicó la Ley N.º 32490 que establece un conjunto de medidas extraordinarias para enfrentar los delitos de extorsión y sicariato en el transporte.

transportistas - extorsión y sicariato

La tarde del lunes 3 de noviembre, en la edición extraordinaria de Normas legales, se publicó la Ley N.º 32490, una norma que establece un conjunto de medidas extraordinarias para enfrentar los delitos de extorsión y sicariato que golpean a los transportistas peruanos.

Esta ley busca no solo reforzar la seguridad, sino también reactivar la capacidad económica de las empresas afectadas, reconociendo su rol estratégico en la economía nacional.

El texto legal define como propósito garantizar la continuidad y seguridad del servicio de transporte mediante acciones de prevención, respuesta inmediata y recuperación económica. Estas medidas, de naturaleza multisectorial, involucran a los ministerios del Interior, Economía y Finanzas, Transportes y Comunicaciones, Trabajo y Promoción del Empleo, y Salud.

Para ello se establecen un conjunto de medidas en un capítulo al que denominan de reactivación y recuperación económica de las empresas del sector transportes. Entre las medidas económicas publicadas destacan créditos blandos y exoneraciones tributarias temporales para empresas que acrediten haber sido víctimas de extorsión y sicariato.

Mientras que las exoneraciones tributarias permiten que las empresas dejen de pagar ciertos tributos, los créditos blandos son aquellos que son concedidos en condiciones de plazo o de tasa de interés muy favorables, como largos plazos y bajas tasas.

Reactivación económica de transportistas

Las medidas planteadas son de “apoyo financiero posdelito” y comprenden las acciones destinadas a mitigar los efectos económicos que enfrentan las empresas o personas naturales víctimas de delitos de extorsión o sicariato, condicionadas a la acreditación del daño.

Entre las medidas destacan los créditos blandos y exoneraciones tributarias temporales a empresas que acrediten haber sido víctimas de dichos delitos. La acreditación tendrán que hacerse conforme al informe emitido por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) del Perú a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) o las autoridades competentes.

El objetivo es mitigar el impacto financiero inmediato y facilitar la reanudación de operaciones. Además, se establece la provisión de seguros estatales y compensaciones económicas por pérdida de unidades o fallecimiento de trabajadores.

Para el abogado penalista, Carlos Caro, la decisión de que las empresas de transporte tengan exoneraciones temporales, significará que es el Estado el que reparará ese daño cometido por extorsionadores y sicarios, ya que al dejar de cobrar impuestos “los contribuyentes sufragamos ese daño personalizado y asumimos el costo del delito”

Extinción de dominio sobre cuentas

En el ámbito judicial y operativo, la norma dispone la extinción de dominio automática sobre bienes, cuentas bancarias y billeteras digitales vinculadas a actividades extorsivas, sin necesidad de proceso penal previo. Los fondos recuperados se destinarán al fortalecimiento del sistema nacional de prevención y lucha contra la extorsión y el sicariato.

La norma también incorpora una dimensión social: el Estado implementará programas de atención psicológica y reinserción laboral para los afectados, reconociendo que la violencia criminal no solo genera daños materiales sino también humanos y emocionales.

Complementariamente, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) financiará la reparación de infraestructura dañada a través del programa Ruta Segura Restablecida.

Con fines de política pública, la ley crea el Observatorio Nacional de Extorsión y Violencia Económica, que recopilará y publicará información semestral sobre la evolución del crimen en el sector transporte.

Este observatorio busca generar evidencia para el diseño de estrategias de seguridad y financiamiento más efectivas

Finalmente, se crea el Grupo Interinstitucional contra la Extorsión y el Sicariato (GIES), una fuerza especial conformada por personal de la Policía Nacional, el Ministerio Público y el Poder Judicial, bajo régimen especial de evaluación, remuneración y control.

Este grupo trabajará de manera articulada con la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Superintendencia de Banca y Seguros para rastrear flujos ilícitos.

Respuesta del Gobierno

La ley publicada responde a la crisis de inseguridad que viene afectando al transporte urbano e interprovincial, donde los cobros extorsivos, amenazas y atentados han paralizado rutas y generado pérdidas millonarias.

En este contexto, el Poder Ejecutivo plantea una respuesta integral que combina mecanismos de inteligencia, control financiero, apoyo económico y fortalecimiento institucional.

Con la Ley 32490, el Estado peruano busca dar una señal de firmeza ante la expansión del crimen organizado y, al mismo tiempo, ofrecer una salida económica viable para los sectores productivos más expuestos a la violencia.

El reto será garantizar que los recursos, la coordinación interinstitucional y la transparencia acompañen la ejecución de estas medidas extraordinarias.

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