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Multa de hasta 20 UIT para empresas eléctricas que no retiren cableado en mal estado

El OEFA informó que el próximo 14 de marzo del 2026 vence el plazo legal para que las empresas concesionarias del servicio de electricidad retiren el cableado aéreo en desuso o en mal estado en zonas urbanas.

Hasta el próximo 14 de marzo del 2026 las empresas concesionarias del servicio de electricidad tienen plazo para retirar el cableado aéreo en desuso o en mal estado en zonas urbanas, de acuerdo con lo establecido en la Ley N.º 31595 y su reglamento.

Así, lo recordó el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), entidad adscrita al Ministerio del Ambiente y agregó que a partir de la citada fecha, en caso se detecten incumplimientos, el OEFA podrá iniciar procedimientos administrativos sancionadores, los cuales podrían conllevar multas de entre 5 y 20 UIT, conforme al marco normativo vigente.

“Sin perjuicio de ello, actualmente, el OEFA, a través de su Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas (DSEM), viene realizando acciones de supervisión en todo el país para verificar el retiro del cableado del servicio de electricidad en desuso o en mal estado”, subrayó la entidad a través de un comunicado.

A la fecha, 12 de las 21 empresas del sector electricidad han reportado su situación ante el OEFA.

En ese sentido, el OEFA exhortó a todas las empresas concesionarias de electricidad a seguir cumpliendo con lo dispuesto por la normativa, con el fin de prevenir riesgos y evitar eventuales sanciones.

Mire [aquí] la lista completa de empresas concesionarias de electricidad a nivel nacional sujetas a lo dispuesto en la Ley N. 31595

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