La curva de la demanda diaria horaria en el SEIN y la modernización necesaria del SubSector Electricidad
Durante los últimos años para la introducción de alguna modificación en alguna ley y/o reglamento en el subsector electricidad peruano, ha surgido la fuerte oposición al cambio de algunos agentes del mercado eléctrico.
Durante los últimos años para la introducción de alguna modificación en alguna ley y/o reglamento en el subsector electricidad peruano, que permita superar alguna falencia o para mejorar estos dispositivos legales, y por la necesaria actualización debido al avance de la tecnología e ir modernizando el sistema eléctrico, a la par que en los países vecinos que muestran notorios avances; ha surgido la fuerte oposición al cambio de algunos agentes del mercado eléctrico.
Como hemos podido observar últimamente respecto al Reglamento de la ley 32249 que debió publicarse por el MINEM a mediados del pasado año 2025; el debate público, del cual también he participado, ha continuado y que por diversos medios he contribuido a esclarecer las objeciones, y algunas antojadizas, por algunos voceros que fungen de especialistas que tienen acceso a los medios de comunicación.
Recientemente apareció un titular: “¿Lima a oscuras? Experto alerta riesgo de cortes en la capital y el sur del país por masiva irrupción de renovables sin respaldo” (Infobae, 02 de febrero del 2026).
Este tono alarmista, es transmitido en el contenido de este medio como: ” Vásquez advierte que este modelo puede poner en jaque la seguridad eléctrica nacional y aumentar la vulnerabilidad frente a fallos de suministro. “El problema es que las centrales renovables solo cubren el día, pero dejan sin respaldo las horas clave de mayor demanda; eso se traducirá en tarifas más altas para todos”.
Lo que no sabe el sr. Vásquez es que las horas punta y máxima demanda no es en la noche sino durante el pleno día (como se puede comprobar en el documento adjunto) y esto se ha ido produciendo progresivamente desde el año 2020 (donde la curva de demanda casi se había aplanado).
Las otras preocupaciones del Sr. Vasquez las hemos aclarado en la siguiente columna:
No obstante, como podemos observar, que ahora la preocupación es nuestra, ya que mientras más se demoren en publicarse los reglamentos: de la ley N°32249, de Generación Distribuida y, el de Mercado Servicios Complementarios, se estaría poniendo en riesgo la Seguridad Energética del país.
Estos dispositivos normativos pendientes es solo parte de una reforma del subsector electricidad (la Tercera Reforma), que posibilitará su modernización acorde a los avances tecnológicos y, que se inició en el 2019 con la conformación de la Comisión Multisectorial de Reforma del Subsector Electricidad (CRSE), que tuvo una consultoría internacional del Grupo del Banco Mundial (GBM) que solo dio como resultado un diagnóstico preliminar de los componentes: institucional, mercados de electricidad CP y LP; aspectos regulatorios y de tarificación eléctrica y recomendaciones sin llegar a la meta propuesta: el Libro Blanco.
Según mis apreciaciones en su oportunidad, los términos de referencia técnicos (TdR) para este estudio no fueron formulados adecuadamente, por lo que trabajaron nuevos TdD para una nueva licitación internacional cuyo resultado estaría aún en proceso.