La controversia institucional en torno al Terminal Portuario Multipropósito de Chancay entró en una nueva etapa. Luego de que la Segunda Sala Constitucional de Lima revocara la sentencia que impedía al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) supervisar el megapuerto, Cosco Shipping Ports Chancay Perú anunció que presentará un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC), con el propósito de revertir un fallo que considera lesivo para el marco jurídico bajo el cual realizó su inversión.
La decisión traslada el conflicto al máximo intérprete de la Constitución y convierte al caso Chancay en uno de los expedientes regulatorios más relevantes para el futuro de la infraestructura de transporte en el Perú.
Más allá del desenlace judicial, lo que está en discusión es el alcance de las competencias del Estado sobre una infraestructura financiada íntegramente con capital privado, pero destinada a prestar servicios públicos esenciales para el comercio exterior.
Un conflicto que trasciende la supervisión
En un comunicado, Cosco Shipping precisó que no cuestiona las labores que realizan entidades como la Autoridad Portuaria Nacional (APN), la SUNAT, Migraciones, SENASA, la Policía Fiscal, la DIRANDRO o las autoridades sanitarias.
Su discrepancia se concentra exclusivamente en las competencias que reclama Ositrán.
La empresa sostiene que el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay constituye una infraestructura “totalmente privada” que opera en un mercado competitivo y que, por tanto, las facultades de regulación y supervisión que pretende ejercer el regulador exceden lo establecido por la Ley del Sistema Portuario Nacional.
Asimismo, argumenta que la Segunda Sala Constitucional no analizó el fondo de sus planteamientos, especialmente aquellos relacionados con el marco normativo vigente cuando se concretó la inversión y con el principio de legalidad que —según la empresa— debe regir el ejercicio de las potestades administrativas.
Cosco también advirtió que el criterio adoptado por el Poder Judicial podría afectar la seguridad jurídica para futuros proyectos de infraestructura, al modificar las reglas regulatorias existentes al momento en que se ejecutó la inversión.
Dos derrotas judiciales consecutivas
La decisión de acudir al Tribunal Constitucional ocurre después de una seguidilla de resoluciones desfavorables para la empresa china.
Primero, el Poder Judicial declaró infundada la demanda de amparo presentada contra Indecopi, mediante la cual Cosco buscaba impedir que la autoridad de competencia evaluara si existían condiciones competitivas en los principales servicios portuarios del terminal.
Posteriormente, la Segunda Sala Constitucional revocó la sentencia de primera instancia que había restringido las facultades de Ositrán y declaró improcedente la demanda de amparo contra el regulador.
Con ello, el tribunal restituyó plenamente las competencias de supervisión, fiscalización, regulación y eventual sanción del organismo sobre el puerto.
Ambos pronunciamientos consolidaron una misma línea interpretativa: que la condición de infraestructura de uso público prevalece sobre la naturaleza privada de la inversión cuando se trata de determinar el ámbito de actuación de los organismos reguladores.
El antecedente que cambió el debate
El origen de la controversia se remonta a abril de 2025, cuando Indecopi concluyó, tras un estudio técnico de los mercados relevantes del terminal, que no existían condiciones efectivas de competencia en cuatro servicios portuarios esenciales vinculados a la atención de naves portacontenedores y al movimiento de carga.
Ese informe resultó determinante porque, conforme al Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, habilitó a Ositrán para iniciar el proceso de regulación tarifaria del terminal.
Paradójicamente, meses antes el propio gerente general de Cosco Shipping Ports Chancay, Carlos Tejada, había señalado públicamente que la empresa aceptaría la regulación tarifaria si Indecopi concluía que no existía competencia.
Sin embargo, el conflicto posteriormente evolucionó hacia un cuestionamiento más amplio sobre las propias competencias regulatorias del Estado.
Un precedente para futuras inversiones
Desde la perspectiva económica, el expediente trasciende el caso Chancay.
El pronunciamiento que eventualmente emita el Tribunal Constitucional podría convertirse en un precedente sobre el tratamiento jurídico aplicable a proyectos privados que prestan servicios de interés público.
Especialistas consultados anteriormente por Índice han señalado que el debate enfrenta dos principios igualmente relevantes.
Por un lado, la necesidad de preservar la estabilidad jurídica de inversiones de largo plazo, particularmente aquellas vinculadas a infraestructura estratégica.
Por otro, el deber del Estado de garantizar competencia, transparencia y protección de los usuarios mediante organismos reguladores especializados.
En ese contexto, la resolución del TC tendrá implicancias que podrían extenderse a futuros terminales portuarios, aeropuertos, ferrocarriles y otros proyectos de infraestructura desarrollados bajo esquemas distintos a las concesiones tradicionales.
Lo que viene
Mientras el Tribunal Constitucional decide si admite y posteriormente resuelve el recurso presentado por Cosco Shipping, Ositrán mantiene plenamente vigentes sus facultades sobre el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay.
En paralelo, continúa abierto el proceso relacionado con la futura regulación tarifaria derivada del informe técnico elaborado por Indecopi.
Así, la controversia ha dejado de ser exclusivamente un litigio entre una empresa y un regulador. Se ha convertido en una prueba para el modelo institucional peruano respecto de cómo compatibilizar la promoción de grandes inversiones privadas con el ejercicio de las potestades regulatorias del Estado.
La decisión que adopte el Tribunal Constitucional no solo definirá el futuro regulatorio del megapuerto de Chancay, sino también el equilibrio entre seguridad jurídica e interés público en las próximas décadas de desarrollo de infraestructura en el Perú.
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